miércoles, 2 de septiembre de 2009

Declaración sobre la suspensión del Boletín Epidemiológico Semanal del Ministerio del Poder Popular para la Salud de Venezuela


Declaración sobre la suspensión del Boletín Epidemiológico Semanal del Ministerio del Poder Popular para la Salud de Venezuela

En Agosto del 2007 se interrumpió la difusión pública del Boletín Epidemiológico Semanal del Ministerio rector de la salud en Venezuela, este hecho grave ameritó la denuncia y el reclamo que, el 5 de noviembre de ese año, profesionales de la salud hiciéramos, en remitido público enviado al Ministro Mantilla, titular del Despacho del Ministerio del Poder Popular de Salud (MPPS) para esa fecha.El 21 de diciembre del 2007, como consecuencia de la denuncia del 5 de noviembre se reactivó la difusión de este Boletín, al incluir en la página web del MPPS los correspondientes a las semanas 30 hasta la 50 del 2007. Y el 8 de enero del 2008 los correspondientes a las semanas 51 y 52 del año anterior. A partir del 8 de enero del 2008 se interrumpió nuevamente la difusión pública del mencionado Boletín, lo que originó una nueva denuncia y reclamo, esta vez en el mes de abril, en ocasión de la celebración del VII FORO ANDINO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y SALUD EN LAS FRONTERAS, cuando la Red Defendamos la Epidemiología –compuesta por más de 150 trabajadores de la salud, incluidos médicos, profesores universitarios, ex ministros y ex asesores del despacho de Salud– entregó un documento a los distintos representantes de los gobiernos de los países latinoamericanos que asistieron al foro, en el que solicitaron que exhortaran al Ministerio de Salud a que elabore y divulgue nuevamente los boletines epidemiológicos de Venezuela . Esta entrega produjo la insólita respuesta del Director de Epidemiología del Ministerio de Salud, justificando la decisión adoptada bajo el siguiente argumento: "Si empiezan a utilizar el boletín epidemiológico para desestabilizar, para el golpismo o para el terrorismo, no podemos permitir que con nuestro propio instrumento que estamos empleando para la toma de decisiones y la mejora de la salud del pueblo, vengan los medios de comunicación a hacer oposición y hagan terrorismo mediático, y le creen un problema de salud mental a la población venezolana". Afortunadamente, la oportuna declaración a medios nacionales del Dr. Mario Libel, Asesor Regional en Enfermedades Transmisibles de la Organización Panamericana de la Salud, asistente a este Foro, nos dio la razón, al destacar la importancia de mantener al día la información epidemiológica de una nación, cuando afirmó: "Es fundamental que el país esté conectado con todos sus servicios de salud, tenga la información actualizada porque eso permitirá que pueda tratar de contener el problema, cuando aún está muy localizado".
A pesar del impacto internacional y nacional de la denuncia ante este Foro y de nuevas acciones ante diversos organismos nacionales e internacionales, ocurridas después de la realización de este evento, el MPPS ha continuado con la medida de suspensión de la difusión pública del Boletín Epidemiológico Semanal. Durante todo el 2008 su página web no incorporó ninguno de los boletines correspondientes a las 53 semanas de ese año; información que sólo el 21 de enero del 2009 se colocó a disposición de los usuarios. Después de esta fecha se produce una nueva interrupción, cuya duración se extiende hasta el día de hoy.
El 13 de agosto de 2009, la Defensoría del Pueblo presentó ante la Asamblea Nacional, el Informe de gestión de 2008. Este informe señala que “considera necesario que se reinicie la publicación de los boletines epidemiológicos de forma periódica y actualizada, en aras de informar a la comunidad y a los organismos de salud, sobre el estado sanitario en que se encuentra la población”. Según la Defensoría esta publicación semanal aparecía en el portal oficial del MPPS,” práctica que fue abandonada durante 2008”, trayendo como consecuencia “desinformación acerca de los indicadores básicos del estado sanitario de la población venezolana, así como también ha dificultado conocer en profundidad las cifras de las enfermedades de notificación obligatoria en el país”. La Defensoría del Pueblo “considera necesario asegurar la publicación de los Boletines Epidemiológicos Semanales de forma periódica y actualizada, tanto para dar cumplimiento al precepto constitucional de informar veraz y oportunamente, como para revisar los programas y la evaluación de la efectividad de las políticas públicas”.
Más allá del hecho de las consideraciones que hace la Defensoría sobre la necesidad que se reinicie la publicación de los boletines epidemiológicos de forma periódica y actualizada, y de las consecuencias que ha generado la situación de haber suspendido su publicación, este órgano del Poder Ciudadano entre sus Recomendaciones, tanto al Poder Ejecutivo Nacional como al Ministerio Público, no hace mención alguna a este tema.
Quienes suscribimos esta Declaración ratificamos: que la información epidemiológica oficial continúa estando secuestrada y ha sido en reiteradas ocasiones tardía, discontinua, insuficiente y contradictoria, como ocurrió en el año 2007 durante la epidemia de dengue; en 2008 con la epidemia de parotiditis viral y ahora con motivo de la pandemia por el nuevo virus de influenza del AH1N1 y su diseminación en Venezuela.
Otras organizaciones de la Sociedad Civil como la Red de Sociedades Científicas Médicas de Venezuela, en el ALERTA EPIDEMIOLÓGICO Nº 63 de julio de 2009, al igual que nosotros, han manifestado su preocupación sobre este asunto cuando señaló que el Ministerio “inició con retraso, 19 días después de ocurrido el primer caso, la publicación en el portal oficial, de datos muy limitados sobre la epidemia en Venezuela. Desde entonces, la información, que prometía ser diaria, ha sido interrumpida al menos 4 veces, la última desde el 13 de julio hasta ahora”. Tal como lo hemos señalado, nuevamente, desde la primera semana de enero de 2009 se suspendió la divulgación del Boletín Epidemiológico Semanal del Ministerio de Poder Popular de la Salud y esta omisión está contribuyendo en el momento actual a la falta de información de la población y de los profesionales de la salud sobre la pandemia de AH1N1 y de otras enfermedades endemicas y epidémicas. El ministro del MPPSPS, reconoció que las personas fallecidas por la nueva influenza acudieron tardíamente a los servicios de salud, lo que pone en evidencia una peligrosa desinformación de la población sobre las medidas que deben tomarse en caso de requerir servicios de salud, y la carencia de fuentes de datos técnico oficiales impide que los médicos pueden encontrar la forma de valorar el impacto y magnitud del problema, si no tienen acceso a las fuentes de información epidemiológica oficial.La práctica restrictiva por parte del Ejecutivo Nacional al derecho a la información pública en salud, antes señalada, constituye una violación al derecho fundamental a la salud y a la información, consagrados en la Constitución Nacional, en los artículos 83, 58,y 143; en los Declaración Universal de los Derechos Humanos. 1948, Art. 19; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. ONU, 1966 Art. 19; en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, de 1969, Art. 13 que dice:“Toda persona tiene el derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otros procedimiento de su elección” y no puede estar sujeto a previa censura.
Por todo lo anterior exigimos:
1. Al ministro del Poder Popular para la Salud.
a.-Atender sin mayor dilación los reclamos que hemos venido realizando desde el 5 de noviembre del 2007, de subsanar la omisión de información epidemiológica.
b.-Dar cumplimiento a sus obligaciones constitucionales, para hacer efectivos los derechos a la salud y la información, reanudando de inmediato la difusión del Boletín Epidemiológico Semanal del MPPSPS, herramienta de gran relevancia para orientar la vigilancia epidemiológica, hacer recomendaciones y acciones preventivas, medios indispensables para garantizar el derecho a la salud del pueblo venezolano.
c. Acoger las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo, sobre la divulgación del Boletín Epidemiológico.
2- A la Defensoría del Pueblo
Ejercer una acción más comprometida y efectiva en el cumplimiento de sus funciones de velar por el derecho a la salud de nuestra población, evaluando que se cumplan sus recomendaciones.
3- Al Ministerio Público
Iniciar la investigación donde se establezcan responsabilidades a que hubiere lugar por la omisión de las autoridades del MPPS en relación a la divulgación oportuna del Boletín Epidemiológico Semanal de este ministerio.
Caracas 2 de septiembre de 2009.
Dr. Ángel Rafael Orihuela Dr. José Félix Oletta L. Dr. Carlos Walter V. Dr. Blas Bruni Celli.

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